Desde el 1 de enero de 2012, la Ley de Transparencia en las Cadenas de Suministro de 2010 (SB 657) ha exigido a todos los minoristas y fabricantes, a partir de cierto tamaño que realicen actividades comerciales en California, que divulguen todas las medidas utilizadas para rastrear la posible esclavitud y la trata de personas en sus cadenas de suministro. Esta divulgación tiene como propósito brindar información a los consumidores para ayudarlos a tomar mejores y más informadas elecciones acerca de los productos que compran y las compañías a las que apoyan.
Young Living se esfuerza por garantizar que los derechos humanos se respeten en sus instalaciones globales y en la cadena de abastecimiento. A través del Manual de Cumplimiento de Proveedores de Young Living, todos los proveedores y subcontratistas de Young Living requieren cumplir con el Código de Conducta de Proveedores de Young Living, lo que significa que llevan a cabo prácticas laborales justas y éticas, además de cumplir con la legislación vigente.
La esclavitud y el tráfico de personas puede tomar diversas formas, incluyendo mano de obra forzada, trabajo por régimen de servidumbre y trabajo infantil. Young Living hace esfuerzos proactivos para garantizar y verificar la ausencia tanto de esclavitud como de tráfico de personas en nuestra cadena de suministro. Estos esfuerzos incluyen:
Young Living construye relaciones a largo plazo con sus proveedores que comparten nuestros valores y compromisos éticos. Todos los proveedores y subcontratistas actuales y potenciales de Young Living deben acordar cumplir con el Manual de Cumplimiento de Proveedores de Young Living, el cual les solicita cumplir con todas las leyes y regulaciones vigentes del país respecto a que sus productos son fabricados bajo normas de salud y seguridad, mano de obra infantil, salarios y horarios, discriminación, trabajo forzoso, etc.
Los términos del Código de Conducta de los Proveedores de Young Living requieren específicamente que todos los proveedores y/o subcontratistas verifiquen y certifiquen que ninguna materia prima o productos terminados comprados por Young Living hayan sido fabricados, ensamblados o empacados por el uso directo o indirecto del trabajo forzoso, trabajo por régimen de servidumbre, trabajo infantil o bajo condiciones laborales inseguras. Los proveedores y subcontratistas de Young Living deben publicar el Código de Conducta de los Proveedores de Young Living en el idioma de los trabajadores de los proveedores, así como brindar la capacitación adecuada a todos los trabajadores respecto a sus derechos dentro del Código de Conducta de Young Living y las leyes del país aplicable.
El programa de auditorías para los proveedores de Young Living evalúa el cumplimiento de los proveedores con el Código de Conducta de los Proveedores de Young Living, el cual prohíbe el trabajo forzoso, trabajo por régimen de servidumbre y trabajo infantil. Un representante de Young Living o una firma de inspección independiente contratados por Young Living puede auditar las instalaciones y/o registros de los proveedores de Young Living y sus subcontratistas en cualquier momento. Young Living trabajará solo con los proveedores que compartan nuestros valores principales y que trabajen activamente para mantener estos valores en el ámbito laboral global. Young Living se reserva el derecho de finalizar inmediatamente nuestra relación y cancelar todas las órdenes con cualquier proveedor que no cumpla totalmente con nuestros estándares, además de buscar cualquier otro recurso legal disponible que resulte del incumplimiento del proveedor.
Young Living requiere que todos nuestros empleados cumplan con el Código de Ética de Young Living. Se espera que los proveedores, contratistas y proveedores de servicios actúen éticamente y se les solicita que cumplan con el Código de Conducta de los Proveedores de Young Living. Como con todas las presuntas violaciones a las políticas, Young Living investiga estos asuntos y toma las acciones apropiadas e incluye la finalización de contratos de empleados que se encuentren en violación del Código de Ética de Young Living, así como la finalización de los contratos de los proveedores y/o contratistas que se encuentren en violación del Código de Ética de los Proveedores de Young Living.
A todos los empleados de Young Living se les solicita participar en un curso de capacitación de ética, el cual se enfoca parcialmente en la implementación práctica de derechos humanos–particularmente respecto a la Salud, Seguridad y Protección, Diversidad, Acoso y , Acoso Sexual, Privacidad, Selección de Proveedores y el Trato Justo de los Proveedores. Además, a todos los empleados se les da una copia y deben estar de acuerdo con los términos indicados en el Manual para Empleados de Young Living, el cual requiere que todos los empleados reporten cualquier incidente de tráfico de personas e incluye más información detallada de cómo aplicar el Código de Ética de Young Living al interactuar con los proveedores.
De acuerdo con el Código de Ética de la DSA y la Ley de Transparencia en las Cadenas de Suministro de California de 2010, Young Living cumple con nuestra divulgación de los esfuerzos que estamos tomando para erradicar la esclavitud y el tráfico humano en nuestra cadena de suministro.